Crédito

Derecho de uno a recibir de otro alguna cosa, por lo general, dinero. Contrato por medio del cual una persona física o moral otorga a otra un préstamo en dinero o en especie recibiendo como contraprestación el pago en dinero la suerte principal y los intereses pactados existiendo generalmente una garantía para el pago de la obligación. Derecho que tiene una persona acreedora de recibir de otra (deudora), a prestación a que ésta se encuentra obligada, solvencia y garantía.

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